1 Inicio del proceso electoral judicial
La etapa de preparación dará inicio con la primera sesión que el Consejo General del INE celebre dentro de los primeros siete días de septiembre. Esta sesión marca formalmente el inicio del proceso electoral judicial.
2 Último día para modificar legislación electoral judicial
Cualquier reforma legal aplicable al proceso electoral judicial deberá promulgarse y publicarse, a más tardar, durante la primera semana de junio de 2026, en términos del artículo 105 de la Constitución, que establece que las leyes electorales deben expedirse al menos noventa días antes del inicio del proceso electoral en el que pretendan aplicarse.
* Este límite implica que cualquier ajuste normativo tendría que realizarse durante el periodo ordinario de sesiones que va del 1º de febrero al 30 de abril de 2026.
* Este plazo también es aplicable para eventuales modificaciones vinculadas con la posible concurrencia de la revocación de mandato.
3 Publicación de la convocatoria
El Senado debe emitir la convocatoria dentro de los 30 días posteriores al inicio del periodo ordinario de sesiones —que comienza el 1° de septiembre de 2026—, por lo que el plazo para su publicación corre del 2 de septiembre al 1° de octubre de 2026.
4 Integración y trabajos de los Comités de Evaluación
Desde la convocatoria y hasta el 12 de febrero de 2027, los Comités:
- se integran,
- evalúan perfiles,
- elaboran el listado de las 10 personas mejor evaluadas,
- y envían las postulaciones al Senado.
5 Remisión de listas al INE
El Senado debe remitir las listas al INE el 12 de febrero de 2027, fecha clave para organizar la elección.
6 Jornada electoral judicial
La elección coincide con la federal intermedia: 6 de junio de 2027.
7 Resolución de impugnaciones
La Sala Superior del TEPJF o la SCJN deberán resolver cualquier impugnación a más tardar el 31 de agosto de 2027, antes del inicio del primer periodo ordinario del Senado (que ocurre el 1° de septiembre de 2027).
8 Toma de protesta
Las personas electas rendirán protesta ante el Senado de la República el 1º de septiembre de 2027, en términos del artículo 96 constitucional.