2025-08-06
Revisión de paridad únicamente respecto a cargos renovados
Resultados de la elección
Reyes Rodríguez Mondragón
Paridad de género
Mayoría
La sentencia SUP-JIN-672/2025 responde a la demanda de una candidata a magistrada del tribunal colegiado del primer circuito en material penal de la Ciudad de México, en la que alegó que la asignación de cargos vulneró la paridad de género porque se debió revisar que esta se cumpliera en la totalidad del órgano. Es decir, incluyendo el análisis de los cargos que no fueron renovados. Ante ello, la Sala Superior determinó que la actora no tenía razón, por lo que la paridad debía revisarse únicamente respecto a los cargos renovados. Esto debido a que no fue un tema incluido en la discusión de los lineamientos de paridad y la línea jurisprudencial es clara en cuanto a que cualqueir acción afirmativa debe incluirse con un tiempo adecuado para proteger la certeza y seguridad jurídica.
Porque sienta un criterio sobre la manera de hacer los ajustes de género en la elección judicial