2025-02-12
Improcedencia de demandas en contra de la insaculación (inviabilidad de efectos)
Evaluación y selección
Reyes Rodríguez Mondragón
Comités de evaluación, Requisitos de elegibilidad de personas candidatas
Mayoría
Mónica Aralí Soto Fregoso
La sentencia SUP-JDC-737/2025 resuelve la impugnación de varios ciudadanos en contra del proceso de insaculación realizados Comité de Evaluación y la Mesa Directiva del Senado de la República como autoridad sustituta. El problema legal es si el proceso de insaculación se realizó conforme a la normativa aplicable. Con base en los artículos 96 constitucional y 500 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el TEPJF desechó de plano las demandas por inviabilidad de los efectos toda vez los Comités de Evaluación se habían disuelto tras haber realizado los procedimientos de insaculación. Se resolvieron problemáticas similares siguiendo el mismo criterio en los juicios de la ciudadanía SUP-JDC-616/2025, SUP-JDC-621/2025 y SUP-JDC-625/2025, entre otros.
El caso implica la improcedencia de las demandas presentadas contra las insaculaciones realizadas por los Comités de Evaluación, despues de su disolución y una vez que se hubiesen publicado los listados de las personas candidatas, lo que hace imposible reparar las violaciones reclamadas (inviabilidad de los efectos).