2025-08-26
Alternancia no neutral cuando hay cargos reservados (Veracruz)
Resultados de la elección
Reyes Rodríguez Mondragón
Paridad de género
Unanimidad
La sentencia SUP-JDC-2397/2025 resuelve la impugnación presentada por un candidato contra la reasignación de magistraturas penales ordenada por el Tribunal Electoral de Veracruz a partir de un ajuste de género. En la elección judicial local, las convocatorias establecieron desde el inicio criterios de paridad por género y materia: de las seis magistraturas en materia penal, tres serían para mujeres y tres para hombres, asignadas alternadamente según la votación obtenida por cada género. El OPLE aplicó esta regla; sin embargo, la cuarta mujer más votada promovió un recurso alegando que debía aplicarse la regla de alternancia no neutral. El Tribunal local le dio la razón y dejó sin efectos la constancia de mayoría del hoy actor, quien impugnó dicha decisión. La Sala Superior confirmó la asignación de magistraturas penales realizada originalmente por el OPLE, al estimar que la paridad quedó garantizada desde la convocatoria mediante la reserva de cargos por género, por lo que la alternancia no neutral no resultaba aplicable. En consecuencia, revocó la sentencia impugnada y ordenó que subsistiera la constancia de mayoría y validez originalmente expedida al actor.
El asunto es relevante porque precisa que cuando la paridad de género está garantizada desde la onvocatoria mediante cargos reservados no procede aplicar la regla de alternancia no neutral.