SUP-JE-33/2025

Fecha:

2025-04-02

Asunto:

Error en la especialidad de juez de distrito

Etapa:

Evaluación y selección

Magistratura ponente:

Felipe de la Mata Pizaña

Temas:

Designación de candidaturas por distrito electoral judicial, Especialidad candidaturas

Votación:

Mayoría

Resumen:

La sentencia SUP-JE-33/2025 analiza la impugnación contra el listado definitivo de candidaturas a juezas y jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación. El actor fue incluido en la lista de candidaturas en una especialidad distinta a la que había sido postulado por el Poder Ejecutivo Federal y en un distrito donde no se elegirá dicha especialidad. El problema jurídico consistía en determinar si esta inclusión, con una especialidad diferente a la registrada originalmente, vulneraba su derecho a ser votado La mayoría del TEPJF determinó sobreseer la demanda, argumentando que no era viable publicar un nuevo acuerdo que especificara la especialidad correcta por la que fue postulado. Además, sostuvo que se actualizaba la eficacia refleja de la cosa juzgada, dado que en el Juicio de la Ciudadanía SUP-JDC-1269/2025 ya se había confirmado el procedimiento para la asignación de candidaturas. Bajo este criterio, el TEPJF confirmó el acuerdo y el listado impugnado.

Por qué es relevante:

El caso establece la improcedencia de las demandas contra los listados definitivos de candidaturas, incluso cuando existen errores en la especialidad o en el distrito asignado a las personas candidatas. Esta situación podría afectar el derecho a ser votado, al impedir que las personas compitan por los cargos para los que fueron postuladas, y también impactar las opciones del electorado, al modificar la oferta de candidaturas en cada distrito y alterar las condiciones de participación entre quienes contienden.