2025-03-26
Sorteo digital para asignar las candidaturas que competirán por distrito judicial electoral conforme a cargo, materia y género
Adecuaciones normativas
Reyes Rodríguez Mondragón
Designación de candidaturas por distrito electoral judicial
Mayoría
Mónica Aralí Soto Fregoso
La sentencia SUP-JE-19/2025 aborda la impugnación en contra del sorteo digital del INE para definir las candidaturas a Tribunales Colegiados de Circuito en Jalisco. El problema jurídico consiste en definir si el resultado del sorteo fue inequitativo considerando la diferencia en el número de candidaturas por distrito. A partir de los principios de certeza y equidad electoral, así como lo resuelto en el juicio SUP-JDC-1269/2025, en el que se analizó un caso similar, la Sala Superior concluyó que la inequidad en el número de candidaturas ya se había juzgado previamente y no ameritaba una nueva revisión. En consecuencia, confirmó el sorteo digital del INE, mediante el cual se determinó el distrito electoral judicial en el que competirían las personas candidatas, tomando en cuenta la materia o especialidad de cada elección.
El caso implica que los resultados del sorteo digital del INE para definir candidaturas no son objeto de impugnación ya que el sorteo, como mecanismo de asignación de candidaturas, fue confirmado en un juicio previo.