SUP-JE-18/2025

Fecha:

2025-03-26

Asunto:

Límites competenciales frente a impugnaciones de aspirantes a magistraturas de salas regionales

Etapa:

Campañas

Magistratura ponente:

Felipe de la Mata Pizaña

Temas:

Competencia de autoridades, Topes de gastos de campaña

Votación:

Mayoría

Resumen:

La sentencia SUP-JE-18/2025, el Tribunal resolvió si el tope de gastos personales de campaña fijado por el INE para la elección judicial extraordinaria era válido. El actor, aspirante a una magistratura regional, impugnó el acuerdo al considerar que vulneraba su derecho a ser votado y la equidad en la contienda. La Sala se declaró competente porque ya había resuelto casos anteriores relacionados con estos topes y para garantizar la concentración de sentencias afines en un mismo órgano jurisdiccional​. Aplicó el artículo 522 de la LGIPE, que exige establecer montos diferenciados por tipo de elección. Analizó el nuevo acuerdo del INE y concluyó que sí cumplía con la sentencia previa (SUP-JE-11/2025). Confirmó la validez del tope al considerar infundados e inoperantes los argumentos del actor.

Por qué es relevante:

El caso establece criterios sobre el alcance de los derechos y las condiciones en las que las personas candidatas a magistraturas pueden participar en la elección judicial extraordinaria, particularmente en lo relacionado con el financiamiento personal de sus campañas. Asimismo, contribuye a delimitar las competencias de los distintos órganos en la resolución de este tipo de impugnaciones, lo cual abona a la claridad del sistema de control jurisdiccional en los procesos de selección de juezas y jueces.