2025-02-05
Inviabilidad de los efectos
Evaluación y selección
Felipe Alfredo Fuentes Barrera
Comités de evaluación, Requisitos de elegibilidad de personas candidatas, Registro de aspirantes
Mayoría
La sentencia SUP-JDC-1464/2025 aborda la impugnación de Carlos Alberto Araiza Arreygue contra su inclusión en la lista de candidatos a jueces federales. El problema legal es si se puede modificar la lista de candidatos una vez que ha sido enviada al INE. La decisión se basa en los artículos 500 y 501 de la LGIPE, que establecen que una vez que el Senado remite la lista al INE, el proceso de selección de candidatos se considera cerrado y las decisiones adoptadas no son revisables. El tribunal aplicó estas normas y concluyó que no puede obligar a modificar la lista, ya que esto afectaría la certeza y estabilidad del proceso electoral. Por lo tanto, se desechó la impugnación, confirmando que la lista no puede ser cambiada.
El caso plantea si es jurídicamente posible modificar las listas de candidaturas a jueces federales una vez concluido el procedimiento de selección. Su análisis se relaciona con la garantía a la seguridad jurídica, la confianza en los procesos institucionales y el respeto a los límites de actuación de las autoridades electorales.