SUP-JDC-1211/2025

Fecha:

2025-02-19

Asunto:

Exclusión de la lista de personas insaculadas del Comité de Evaluación del Poder Legislativo

Etapa:

Preparación y convocatoria

Magistratura ponente:

Janine M. Otálora Malassis

Temas:

Comités de evaluación, Requisitos de elegibilidad de personas candidatas

Votación:

Mayoría

Magistratura encargada del engrose:

Felipe de la Mata Pizaña

Resumen:

La sentencia SUP-JDC-1211/2025 aborda la impugnación de Enrique Ernesto López Orozco contra su exclusión de la lista de personas insaculadas para el cargo de Juez de Distrito. El problema legal es si un aspirante que fue considerado idóneo puede ser excluido de la lista final después de la insaculación. La decisión se basa en la Ley de Medios, que establece que las demandas se desecharán si los efectos pretendidos son inviables, y en la Constitución, que regula la integración de los Comités de Evaluación. El Tribunal Electoral aplicó estas normas y concluyó que la demanda debe desecharse, ya que la insaculación ya se realizó y no se puede revertir, haciendo inviable la pretensión del actor. Aunque López Orozco fue considerado idóneo, la ley no permite modificar la lista después de la insaculación. Por lo tanto, se desechó la demanda presentada por López Orozco.

Por qué es relevante:

El caso establece la inviabilidad de efectos de las demandas contra la exclusión de la lista de aspirantes idóneos, publicada por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, pues son improcedentes debido a que el comité se disolvió tras realizar la insaculación correspondiente, lo que hace imposible reparar las violaciones reclamadas.