SUP-RAP-32/2025

Fecha:

2025-03-19

Asunto:

Modelo para la asignación de tiempos de radio y comunicación durante la elección judicial

Etapa:

Campañas

Magistratura ponente:

Felipe de la Mata Pizaña

Temas:

Radio y Televisión

Votación:

Unanimidad

Resumen:

La sentencia SUP-RAP-32/2025 resolvió la impugnación de varios partidos políticos y la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión contra el acuerdo INE/CG188/2025, que asignaba tiempos en radio y televisión para la elección de jueces federales y locales. El problema legal es si el INE realizó una correcta asignación de los tiempos del Estado en radio y televisión. Con base en la Constitución y la LGIPE, el Tribunal determinó que el INE realizó una asignación indebida, pues no consideró que en esta elección no participan partidos políticos ni hay promoción de candidaturas individuales; así como que es necesario que la ciudadanía se familiarice con la elección judicial. Finalmente, se determinó que la distribución de tiempos del Estado no puede afectar los espacios asignados a los partidos en ningún escenario. En consecuencia, se revocó el acuerdo y se ordenó al INE emitir uno nuevo conforme los lineamientos establecidos en la sentencia.

Por qué es relevante:

El caso establece los lineamientos para la asignación de tiempos en radio y televisión durante la elección de jueces federales y locales. En los estados donde únicamente se celebren elecciones judiciales, ya sean locales y/o federales, el INE dispondrá de 24 minutos de los tiempos del Estado para difundir y promover dichos procesos , lo que garantiza el acceso que corresponde a los partidos políticos. En los estados donde coincidan elecciones judiciales y ordinarias, durante el periodo de intercampaña, el INE y los partidos políticos se repartirán los 48 minutos de los tiempos del Estado, correspondiéndole 24 minutos a cada uno; mientras que durante la campaña el INE contará con 7 minutos y los partidos 41.