SUP-JDC-747/2025

Fecha:

2025-02-12

Asunto:

Exclusión de aspirantes a candidatos (inviabilidad de efectos)

Etapa:

Evaluación y selección

Magistratura ponente:

Reyes Rodríguez Mondragón

Temas:

Comités de evaluación, Requisitos de elegibilidad de personas candidatas

Votación:

Mayoría

Magistratura encargada del engrose:

Felipe de la Mata Pizaña

Resumen:

La sentencia SUP-JDC-747/2025 aborda la impugnación de varios aspirantes que no fueron seleccionados como candidatos para la elección judicial. Los demandantes sostienen que hubo errores que provocaron su exclusión de las listas de candidatos a jueces. Entre dichos errores se encuentra que: (i) fueron incluidos para cargos diferentes a los solicitados; (ii) se incluyó una mayor cantidad de aspirantes a las vacantes disponibles; (iii) no se implementaron acciones afirmativas LGBTI+; y (iv) hubo anomalías durante el proceso de insaculación del Comité de Evaluación del Poder Legislativo. El problema legal es si fue correcta su exclusión de las listas de candidatos a jueces. El Tribunal Electoral, conforme al artículo 96 constitucional, desechó de plano las demandas por inviabilidad de los efectos, toda vez los Comités de Evaluación se habían disuelto tras haber realizado los procedimientos de insaculación. Se resolvieron problemáticas similares siguiendo el mismo criterio en los juicios de la ciudadanía SUP-JDC-616/2025, SUP-JDC-621/2025 y SUP-JDC-625/2025, entre otros.

Por qué es relevante:

El caso muestra una una inconsistencia entre lo resuelto en la sesión y la acumulación presentada en el engrose. En adición, implica la improcedencia de las demandas en contra de los actos de los comités de evaluación una vez que estos terminaron sus labores.