2024-11-22
Impugnación contra convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo
Preparación y convocatoria
Mónica Aralí Soto Fregoso
Comités de evaluación, Acciones afirmativas
Mayoría
La sentencia SUP-JDC-1158/2024 aborda la impugnación presentada por diversas personas contra la convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal para la elección extraordinaria de personas juzgadoras en 2024-2025. El problema legal es si la convocatoria vulneró los principios de imparcialidad, paridad de género y certeza en la selección de candidaturas. La decisión se basa en el artículo 96 de la Constitución y la LGIPE. La Sala Superior determinó que la convocatoria cumple con los principios de paridad y que el Comité tiene discrecionalidad en su instrumentación. Por lo tanto, se confirmó la validez de la convocatoria al considerar que el Comité actuó dentro de sus facultades sin vulnerar derechos constitucionales
El caso otorgó a los Comités de Evaluación un margen de discrecionalidad en la aplicación del principio de paridad, posponiendo su implementación hasta la elección de cargos. Esta decisión genera posibles dudas sobre los requisitos de elegibilidad y los cargos disponibles en el contexto judicial.