SUP-REP-151/2022
06/04/2022 | Reyes Rodríguez Mondragón
Promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos por parte del presidente de la República y diversas personas servidoras públicas
Resumen
El PRD presentó una queja en contra de la difusión del evento denominado “Tres años de gobierno” porque consideró que el presidente de la República y diversos servidores públicos: -Cometieron promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos. -Influyeron indebidamente en diversos procesos electorales locales que estaban en curso, así como en el de revocación de mandato. La Sala Especializada determinó que existió la difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos. Por ello, determinó: • No aplicar el Decreto interpretativo emitido por el Congreso de la Unión, por considerarlo una modificación fundamental a las normas electorales. • Dar vista a la persona superior jerárquica para que procediera conforme a Derecho. • Ordenó al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia que impusiera una sanción a los servidores públicos responsables. • Se ordenó hacer de conocimiento del presidente de la República que debe tener un especial deber de cuidado derivado de la importancia de su cargo. • Como medida de no repetición, se ordenó publicar en las redes sociales de los servidores un anexo de la sentencia. Los funcionarios públicos recurrentes impugnaron esta decisión, porque consideraron que: • La Sala Especializada no debió inaplicar el decreto interpretativo. Como explica el decreto, la prohibición para difundir propaganda gubernamental se refiere a campañas de publicidad oficial contratada, no a las expresiones de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones constitucionales. • La Sala Especializada no tiene facultades para dictar medidas de no repetición, los plazos que ordenó son irracionales y no tienen sustento legal. • Los mensajes emitidos por el titular del Ejecutivo Federal no constituyen propaganda con fines de promoción personalizada.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
La Sala Superior revocó parcialmente la determinación porque: • Fue correcto que la Sala Especializada, en el caso concreto, inaplicara el decreto interpretativo, porque vulnera las normas constitucionales. • No fue adecuado que la Sala Especializada fijara plazos y emitiera ordenes específicas al Órgano Interno de Control, porque las normas solo permiten dar vista al superior jerárquico. • Las medidas dictadas por la Sala Especializada de no repetición no son adecuadas, porque para dictarlas se requiere verificar una vulneración a un derecho humano de una o varias personas, lo que no se justificó en este caso.
Votación: Mayoría
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
RRM
Voto en contra:
JLVV
Voto
MASF
Voto