SUP-JDC-50/2022
16/02/2022 | Felipe de la Mata Pizaña
Precandidatura única a la gubernatura del Estado de Oaxaca
Resumen
Una ciudadana impugnó la designación del “Coordinador para la Defensa de la Cuarta Transformación en Oaxaca”, porque consideró que ese cargo equivale a ser precandidato único de MORENA para la gubernatura de Oaxaca. La Comisión de Justicia de MORENA consideró que nunca se nombró precandidato único al ciudadano, por lo cual el acto reclamado era inexistente. El Tribunal local confirmó la sentencia de la Comisión de Justicia, al considerar que el planteamiento en el que se afirma que el cargo de coordinador equivale a ser precandidato único fue novedoso.
¿Qué resolvió la Sala Superior?
Revocar la sentencia, porque el Tribunal local no fue exhaustivo y debía resolver si el nombramiento de coordinador equivale a la designación de la precandidatura única. El Tribunal local reconoce que los agravios de la actora se plantean desde la instancia partidista, por lo que no es congruente que los determine inoperantes por novedosos. Por ello, se ordena que el Tribunal local conteste los agravios de la actora en un plazo de tres días.
Votación: Unanimidad
Voto a favor:
FAFB
FDLMP
IIG
JMOM
MASF
RRM
Voto en contra: