Skip to content
Justicia Abierta
Magistrado Reyes Rodriguez
  • JUSTICIA ELECTORAL
    • CASOS RELEVANTES
    • SENTENCIAS RELEVANTES DE LA PONENCIA
    • VOTOS PONENCIA
    • CRITERIOS JUDICIALES
    • INFOGRAFÍAS
    • INTEGRIDAD ELECTORAL
  • AUDIENCIAS
    • SOLICITA TU AUDIENCIA
    • AMIG@S DE LA CORTE
    • AUDIENCIAS REALIZADAS
  • ABC ELECTORAL
    • CONFERENCIAS POR TEMA
    • PARTICIPACIÓN POLÍTICA
      • DERECHO AL VOTO
      • PARTIDOS POLÍTICOS
        • REGISTRO DE NUEVOS PARTIDOS POLÍTICOS
      • CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
    • ELECCIONES Y COVID
    • GÉNERO
      • PARIDAD DE GÉNERO
      • VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO (VPG)
    • PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
      • ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA
      • ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS A ACTOS PROSELITISTAS
      • USO DE EXPRESIONES Y SÍMBOLOS RELIGIOSOS
      • CALUMNIA
    • SISTEMAS NORMATIVOS
    • NULIDADES
    • REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
    • REELECCIÓN
    • CIENCIA POLÍTICA
  • PUBLICACIONES
    • PUBLICACIONES
    • LECTURAS RECOMENDADAS
    • E-JUSTICE
  • ACERCA DE
    • J USTICIA ABIERTA
    • MAGISTRADO
    • EQUIPO
    • AGENDA
    • MAPA DEL SITIO
<< Volver a listado de casos

SUP-REC-2214/2021 Y ACUMULADOS

29/12/2021 | Mónica Aralí Soto Fregoso

Nulidad de la elección de Atlautla, Edomex por violencia política de género (VPG)

Resumen
La Sala Toluca anuló la elección del Ayuntamiento de Atlautla, Edomex, por VPG en contra de una candidata a la presidencia municipal, derivada de la pinta de mensajes en varias bardas del municipio. Diversos actores impugnaron la sentencia y solicitaron que se validara la elección.

¿Qué resolvió la Sala Superior?
Se confirmó la nulidad de la elección. La VPG se debe analizar en cada caso para determinar si los actos fueron determinantes e incidieron en la equidad de la contienda y la validez de la elección. En el caso, fue correcto que la Sala Toluca anulara la elección, ya que los mensajes fueron sistemáticos y estratégicamente visibles, de manera que trascendieron la afectación individual de la candidata e influyeron en la opinión del electorado. Además, la diferencia de votos entre la candidata afectada y el ganador fue de 379 votos (2.56%), por lo que la irregularidad fue cuantitativamente determinante.

Votación: Unanimidad


Voto a favor:

FAFB

FDLMP

JMOM

MASF

RRM

Voto en contra:

Ausente: IIG JLVV

Temas

Género

Nulidad

Violencia

Recursos

Infografía

Sentencia

Voto

Texto de la intervención

Intervención en la sesión

<< Volver a listado de casos
  • Sentencias
  • Votos
  • Intervenciones
  • Temas
  • Audiencias
  • Infografías
2020 Justicia Abierta